EXW — En fábrica
El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en el lugar acordado, sin cargarla en el vehículo de recogida. Desde ese punto, el comprador asume el transporte, los costos y los riesgos correspondientes.
EXW — En fábrica
El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en el lugar acordado, sin cargarla en el vehículo de recogida. Desde ese punto, el comprador asume el transporte, los costos y los riesgos correspondientes.
FCA — Franco transportista
El vendedor entrega la mercancía al transportista o persona designada por el comprador en el lugar acordado y realiza el despacho de exportación cuando corresponde. El punto exacto acordado determina cuándo se transfiere el riesgo.
CPT — Transporte pagado hasta
El vendedor entrega la mercancía al transportista y paga el transporte hasta el destino acordado. El riesgo se transfiere al comprador al entregar la mercancía al transportista, no cuando llega al destino.
CIP — Transporte y seguro pagados hasta
Funciona como CPT, pero el vendedor también contrata la cobertura de seguro exigida por la regla hasta el destino acordado. El riesgo se transfiere cuando la mercancía se entrega al transportista.
DAP — Entregado en lugar
El vendedor entrega la mercancía en el lugar de destino acordado, sobre el medio de transporte de llegada y lista para descargar. El vendedor asume los riesgos hasta ese punto; la descarga corresponde al comprador.
DPU — Entregado en lugar descargado
El vendedor entrega la mercancía después de descargarla del medio de transporte de llegada y ponerla a disposición del comprador en el lugar acordado. El vendedor asume el riesgo hasta finalizar la descarga.
DDP — Entregado con derechos pagados
El vendedor entrega la mercancía en el destino acordado, despachada para importación y lista para descargar, asumiendo los costos y riesgos previstos por la regla, incluidos los derechos de importación aplicables.
Nota sobre CNF
CNF es una denominación informal usada a veces como equivalente de CFR, pero no es una de las once reglas Incoterms® 2020. Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento jurídico, aduanero ni fiscal.
FAS — Franco al costado del buque
El vendedor entrega la mercancía al costado del buque designado en el puerto de embarque acordado. El riesgo se transfiere al comprador en ese punto.
FOB — Franco a bordo
El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque designado en el puerto de embarque acordado. El riesgo se transfiere cuando la mercancía queda a bordo.
CFR — Costo y flete
El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque y paga el transporte hasta el puerto de destino acordado. El riesgo se transfiere al comprador cuando la mercancía queda a bordo; el vendedor no tiene obligación de contratar seguro bajo CFR.
CIF — Costo, seguro y flete
La entrega y transferencia del riesgo ocurren a bordo del buque en el puerto de embarque, como en CFR. Además de pagar el transporte al puerto de destino, el vendedor contrata la cobertura de seguro exigida por la regla.